Código Ético
1. INTRODUCCIÓN
Uno de los objetivos de HCP es la definición y puesta en marcha de acciones que mejoren la calidad de nuestros servicios, lo que también implica un ejercicio de mejora de nuestra comunicación corporativa. En ese aspecto, este Código, unido al resto de documentos corporativos de HCP, implica un compromiso con el buen gobierno, la responsabilidad y la transparencia respecto a los estándares éticos y legales que rigen nuestra actividad y nuestras relaciones.
2.PERSONAS, GRUPOS E INSTITUCIONES
Los principios y reglas de conducta incluidos en este Código Ético establecen el modo en que HCP afronta sus responsabilidades sociales, éticas y legales como empresa dedicada a la arquitectura e ingeniería. Por tanto, atañen a todos nuestros grupos de interés: miembros del Comité de Dirección, equipo interno, colaboradores directos e indirectos, proveedores, clientes, organismos públicos y las comunidades locales, autonómicas y nacionales en las que HCP opera o pueda operar.
Asimismo, desde HCP se promoverá que todos los profesionales vinculados a la compañía adopten una conducta adecuada a los principios que rigen este Código.
3.VIGENCIA
El presente Código Ético ha sido aprobado el 1 de diciembre de 2023 por el Comité de Dirección de HCP. Su vigencia es indefinida, sin perjuicio de que pueda ser actualizado y revisado con la periodicidad que se considere necesaria.
Asimismo, teniendo en cuenta que HCP es un estudio de arquitectura, ingeniería y urbanismo que realiza proyectos tanto en España como en países extranjeros, cabe resaltar que este Código Ético tiene validez a nivel nacional e internacional, siempre teniendo en cuenta las diferencias culturales, sociales, económicas y lingüísticas de los países en los que desarrollamos nuestra actividad.
4.PRINCIPIOS ESTRUCTURALES ÉTICOS
Toda actuación de HCP, los trabajadores que la integran y los profesionales con los que colabora respetará las leyes, los derechos humanos y las libertades públicas. Para ello se adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el respeto de los principios recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto Mundial de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, derechos laborales, medioambientales y de lucha contra la corrupción.
4.1 CALIDAD
Uno de los principios básicos de HCP es satisfacer y defender a nuestros clientes, por lo que dirigimos nuestra actividad a alcanzar excelentes estándares de calidad en nuestros servicios.
4.2 PROTECCIÓN DE NUESTRAS PERSONAS
En HCP promovemos tanto la seguridad como el desarrollo profesional de nuestros trabajadores, fomentando la formación continua y la mejora de las competencias y capacidades de todo nuestro equipo. Por ello, desde HCP no toleramos comportamientos que puedan provocar daños a las personas y/o a las instalaciones.
4.3 CONFIDENCIALIDAD Y VERACIDAD
HCP se compromete a transmitir información relativa a su empresa y sus proyectos de forma veraz, si bien siempre lo hará respetando los posibles acuerdos de confidencialidad establecidos.
Asimismo, todos los profesionales de HCP se comprometen a no divulgar información sensible sobre la empresa, los proyectos que desarrollamos o nuestros clientes, minimizando los riesgos derivados de su mal uso tanto interna como externamente.
4.4 PREVENCIÓN CONTRA EL BLANQUEO DE CAPITALES
Todo el equipo de HCP permanecerá alerta ante cualquier indicio de falta de integridad de las personas o entidades con las que mantengamos relaciones, lo que incluye los pagos no reflejados en contrato.
4.5 RESPETO Y NO DISCRIMINACIÓN POR GÉNERO, ORIENTACIÓN SEXUAL, RELIGIÓN, RAZA, EDAD, DISCAPACIDAD O DIFERENCIAS CULTURALES
Desde HCP entendemos la diversidad como algo positivo, estando libres de prejuicios y desarrollando relaciones regidas por la tolerancia y el respeto.
4.6 RESPETO AL MEDIO AMBIENTE
HCP muestra un compromiso firme con la protección al medio ambiente. Por ello, desarrollamos nuestro trabajo procurando minimizar el impacto ambiental negativo, así como promoviendo la innovación para mejorar los procesos de producción.
5.NORMAS DE COMPORTAMIENTO
5.1 CONFLICTOS DE INTERESES
Los profesionales de HCP, las personas vinculadas a ellos (cónyuges, hijos o parientes a su cargo) y las entidades o empresas que éstos puedan dirigir o gestionar, deben evitar situaciones que den lugar a un conflicto directo o indirecto entre sus intereses personales y los intereses de HCP.
Ante una situación de posible conflicto de intereses, el profesional de HCP deberá informar por escrito a su superior jerárquico o al Comité de Dirección con anterioridad a que se produzca el hecho conflictivo, con el fin de adoptar las medidas adecuadas y evitar que su imparcialidad pueda verse comprometida.
5.2 RELACIONES CON LOS CLIENTES
Las relaciones con nuestros clientes se rigen por los principios de responsabilidad, compromiso y honestidad profesional. Esto implica que desde HCP se respetarán los acuerdos establecidos con los clientes, fomentando la transparencia en nuestras relaciones, y también se pedirá a nuestros clientes un comportamiento guiado por la ética empresarial.
5.3 RELACIONES CON PROVEEDORES Y OTROS COLABORADORES
Desde HCP tenemos por objetivo desarrollar relaciones profesionales con otros estudios, colaboradores o proveedores de servicios que sean beneficiosas para ambas partes, si bien únicamente mantendremos relación con empresas que desarrollen su actividad cumpliendo con la normativa aplicable.
5.4 RELACIÓN CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
HCP se compromete a cumplir de forma estricta con el ordenamiento jurídico que resulte de aplicación, prestando especial atención a la normativa aplicable en materia fiscal, de seguridad social y de prevención del blanqueo de capitales.